La Superintendencia de Sociedades (SuperSociedades) publicó el Concepto No. 220-327143 de 2025 en el que se pronunció sobre la presentación conjunta de ofertas de venta de acciones por parte de accionistas de una sociedad y su impacto en el derecho de preferencia de los demás accionistas.
En su pronunciamiento, el organismo técnico indicó que la oferta de venta de acciones puede realizarse de manera separada o conjunta cuando varios accionistas deciden participar en una propuesta de negocio. Esto no afecta la opción de compra que tienen los demás accionistas en ejercicio del derecho de preferencia, el cual aplica por defecto salvo que los estatutos de la entidad establezcan lo contrario.
Sin embargo, la superintendencia aclaró que, si una oferta conjunta impone condiciones adicionales para su aceptación, más allá del precio y la forma de pago, tales condiciones deben estar previamente contempladas en los estatutos sociales. De lo contrario, se estaría afectando el ejercicio del derecho de preferencia al imponer unilateralmente requisitos no estipulados en los estatutos.