Conciliación fiscal: obligaciones, cambios normativos y aspectos clave para el año gravable 2025
La conciliación fiscal se ha consolidado como una herramienta fundamental dentro del sistema tributario colombiano, al permitir identificar, explicar y documentar las diferencias entre las bases contables y fiscales de los contribuyentes. Este proceso no solo facilita el adecuado cumplimiento de la normativa contable y tributaria, sino que también fortalece la transparencia y la correcta determinación del impuesto sobre la renta. Para el año gravable 2025, cuya información se reporta en 2026, la conciliación fiscal cobra especial relevancia debido a los recientes cambios normativos introducidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
¿Qué es la conciliación fiscal y por qué es importante?
La conciliación fiscal es un mecanismo diseñado para conciliar las diferencias que surgen entre la información contable y la información fiscal, producto de la aplicación de marcos normativos distintos. En Colombia, este proceso se encuentra reglamentado por el artículo 772-1 del Estatuto Tributario y debe realizarse de manera anual por los contribuyentes obligados. Su importancia radica en que permite sustentar de forma clara y verificable las cifras declaradas en el impuesto sobre la renta, reduciendo riesgos de inconsistencias, sanciones y requerimientos por parte de la administración tributaria.
¿Quiénes están obligados a elaborar la conciliación fiscal por el año gravable 2025?
La obligación de elaborar la conciliación fiscal aplica para todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta que estén obligados a llevar contabilidad, así como para aquellos que decidan llevarla de forma voluntaria, sin importar el nivel de ingresos obtenidos durante el año gravable. Es importante aclarar que elaborar la conciliación fiscal no implica, necesariamente, la obligación de reportarla a la Dian.
¿Quiénes deben reportar la conciliación fiscal a la Dian?
Del universo de contribuyentes obligados a elaborar la conciliación fiscal, solo deben transmitirla a la Dian aquellos cuyos ingresos brutos fiscales sean iguales o superiores a 45.000 UVT en el año objeto de reporte. Para el año gravable 2025, este umbral equivale a $2.240.955.000. El reporte se realiza mediante el formato 2516 o el formato 2517, dependiendo de la calidad del reportante.
Cambios normativos a partir del año gravable 2025
El 1 de diciembre de 2025, la Dian publicó un proyecto de resolución que proponía modificar la Resolución 000227 de 2025, con el fin de ampliar el universo de obligados a presentar el Reporte de Conciliación Fiscal. Esta modificación se materializó con la expedición de la Resolución 000246 del 30 de diciembre de 2025.
La principal modificación consiste en la adición de un inciso al artículo 1.4.3.1. de la Resolución 000227 de 2025, mediante el cual se amplía la obligación de reportar la conciliación fiscal a los siguientes contribuyentes, independientemente del monto de sus ingresos brutos fiscales:
- Contribuyentes que consoliden o combinen estados financieros de filiales, subsidiarias u otras entidades, bajo cualquier marco de información financiera.
- Contribuyentes inscritos en el registro mercantil como grupo empresarial o en situación de control, conforme a los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 222 de 1995.
- Filiales, subsidiarias o entidades que hayan sido objeto de consolidación o combinación por parte de una matriz o controlante.
Esta ampliación implica que entidades que anteriormente no estaban obligadas a reportar la conciliación fiscal por no alcanzar el umbral de 45.000 UVT ahora deben hacerlo si cumplen con los criterios de consolidación, combinación o pertenencia a un grupo empresarial o situación de control.
¿Por qué la Dian amplió el universo de obligados?
La Dian fundamenta esta ampliación en la necesidad de ejercer un control más efectivo sobre la Tasa de Tributación Depurada, introducida por el parágrafo 6 del artículo 240 del Estatuto Tributario. Dado que algunos contribuyentes sujetos a procesos de consolidación pueden tener ingresos individuales inferiores a 45.000 UVT, la conciliación fiscal se convierte en una herramienta clave para verificar si el grupo empresarial cumple con la tasa mínima de tributación. Adicionalmente, la norma exige que se informe en la conciliación fiscal o en la declaración de renta el Número de Identificación Tributaria (NIT) de la entidad que consolida o combina los estados financieros.
Régimen simple de tributación
Los contribuyentes inscritos en el régimen simple de tributación no están obligados a elaborar ni a presentar la conciliación fiscal ante la Dian, manteniéndose esta exclusión para el año gravable 2025.
Plazos para presentar la conciliación fiscal
De acuerdo con el artículo 3 de la Resolución 000071 del 28 de octubre de 2019, el reporte de conciliación fiscal debe presentarse antes de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario del respectivo año gravable. En consecuencia, para el año gravable 2025, la conciliación fiscal que se presenta en 2026 debe ajustarse a los plazos establecidos por el Gobierno Nacional para la presentación de la declaración de renta. En la práctica, se interpreta que no existiría inconveniente en presentar primero la declaración de renta y posteriormente la conciliación fiscal, siempre que ambas se presenten dentro de los plazos legales.
Conclusión
La conciliación fiscal continúa siendo un instrumento clave para la correcta gestión tributaria de los contribuyentes en Colombia. Los cambios introducidos por la Dian a partir del año gravable 2025 amplían de manera significativa el universo de obligados a reportarla, especialmente para grupos empresariales y entidades sujetas a consolidación. En este contexto, resulta fundamental que los contribuyentes evalúen oportunamente su situación particular, comprendan sus obligaciones y preparen la conciliación fiscal de manera adecuada, con el fin de mitigar riesgos fiscales y asegurar el cumplimiento integral de la normativa vigente. En Lamat Consultores, acompañamos a nuestros clientes en este proceso, brindando asesoría especializada en revisoría fiscal, auditoría y cumplimiento tributario.
