Las unidades productivas de la economía popular podrían ser parte del régimen de zonas francas.

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) publicó un proyecto de decreto* que propone integrar a los actores de la economía popular al régimen de zonas francas. Esta iniciativa reconoce a los micronegocios, actividades familiares y comunitarias como parte del tejido productivo nacional, por ello, busca vincularlos de forma progresiva al encadenamiento productivo de las zonas francas para que aumenten la generación de valor agregado en la producción de bienes y servicios.

Entre las principales disposiciones de la propuesta normativa, se encuentran las siguientes:

  • Se permitiría que personas naturales, organizaciones asociativas (cooperativas, fundaciones, mutuales, etc.) y empresas de la economía popular presten servicios de apoyo en las zonas francas, sin gozar de los incentivos tributarios y aduaneros propios de los usuarios industriales o comerciales. Se entenderán por servicios de apoyo los relacionados con vigilancia, mantenimiento, guardería, cafeterías, entidades financieras, restaurantes, capacitación, atención médica básica de empleados, transporte de empleados, emprendimientos y otros servicios que se requieran para el funcionamiento de la operación de la zona franca.

Estas empresas de apoyo no tendrán compromisos de inversión y empleo. Además, no podrán realizar actividades que impliquen el desarrollo del objeto social de los usuarios industriales y comerciales de la zona franca.

  • Se exigiría que al menos el 5 % del empleo directo generado por las zonas francas permanentes especiales, tanto de bienes como de servicio, corresponda a actores de la economía popular.
  • Se crearía la figura de zonas francas permanentes especiales de la economía popular para bienes o servicios, los cuales deben acreditar lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 2147 de 2016**.
  • Los operadores de zonas francas llevarían un registro de los actores de la economía popular con los cuales realicen adquisiciones de bienes y servicios y lo informarían anualmente al MINCIT.

El MINCIT recibirá comentarios sobre este proyecto normativo hasta el 5 de agosto de 2025 al correo electrónico cpachon@mincit.gov.co.

Para más detalles, lea el proyecto completo a continuación.

Ver: Proyecto de decreto – Zonas francas para economía popular – MINCIT

*Por el cual se modifica el Decreto 2147 de 2016 y se integran los actores de la economía popular al régimen de zonas francas.

**Por el cual se modifica el régimen de zonas francas y se dictan otras disposiciones.

Fuente Redacción INCP

Leave a comment