¿En qué consiste?
Es una contribución que recae sobre un impuesto previamente establecido (en Bogotá es el impuesto de industria y comercio) para recaudar fondos destinados a un fin específico (financiar el servicio de bomberos).
Disposición por medio de la cual fue adoptada en Bogotá:
Artículo 290 del Acuerdo 927 de 2024 del Concejo de Bogotá, conforme al artículo 37 de la Ley 1575 de 2012.
¿En qué momento se genera?
Al realizar cualquier actividad industrial, comercial o de servicios sometida al ICA en jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá.
¿Quién está obligado a pagarla?
La persona natural o jurídica1 responsable del impuesto de industria y comercio, que, en el periodo gravable, haya generado ingresos netos2 superiores a 43.498 UVT3 en el Distrito Capital.
¿A cuánto equivale?
El uno por ciento (1%) del valor liquidado por concepto del Impuesto de Industria y Comercio para el respectivo período.