La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) estableció mediante la Resolución 000013 de 2021* el deber de generar de forma mensual el documento soporte de pago de nómina electrónica. Dicho documento constituye el soporte de los costos y deducciones derivados de los pagos o abonos en cuenta, relacionados con la nómina, que se desprenden de una relación laboral o legal y reglamentaria, y los pensionados a cargo del empleador. Para su correspondiente validación, el documento deberá transmitirse a la DIAN dentro de los primeros 10 días hábiles del mes siguiente a su fecha de expedición.
Así bien, las siguientes son las fechas máximas para los envíos de los documentos soporte de nómina electrónica del año 2025:
Mes al cual corresponde la nómina | Fecha límite de envío a la DIAN |
Enero de 2025 | 14 de febrero de 2025 |
Febrero de 2025 | 14 de marzo de 2025 |
Marzo de 2025 | 14 de abril de 2025 |
Abril de 2025 | 15 de mayo de 2025 |
Mayo de 2025 | 16 de junio de 2025 |
Junio de 2025 | 14 de julio de 2025 |
Julio de 2025 | 15 de agosto de 2025 |
Agosto de 2025 | 12 de septiembre de 2025 |
Septiembre de 2025 | 15 de octubre de 2025 |
Octubre de 2025 | 18 de noviembre de 2025 |
Noviembre de 2025 | 15 de diciembre de 2025 |
Diciembre de 2025 | 15 de enero de 2026 |
Recordemos que el no cumplir con los plazos anteriores impide la inclusión del costo de la nómina en las declaraciones tributarias del periodo correspondiente.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Resolución 000013 de 2021 – DIAN
*Por la cual se implementa y desarrolla en el sistema de facturación electrónica la funcionalidad del documento soporte de pago de nómina electrónica y se adopta el anexo técnico para este documento.
Fuente Redacción INCP